Elegir un certificado de seguro de vida es una decisión muy importante que se toma con mucha discreción en la mayoría de los casos. Pero en caso de accidente, es posible que las personas más cercanas no sepan que son beneficiarios de una indemnización, puedes conocer más sobre este tema aquí.
¿Qué es un certificado de seguro de vida?
Los certificados de seguros de vida, también conocidos como certificados de pólizas de defunción, son una solución que la normativa ha puesto a disposición de quienes quieren resolver casos para evitar que los seguros de vida queden impagados por desconocimiento de los asegurados.
Entonces es un documento que es oficial y que se acredita en el contrato que la persona fallecida y que está asegurada sigue vigente, por lo que se especificará con qué aseguradora se contrata este seguro. Esto significa que los miembros de la familia pueden reclamar sus derechos como beneficiarios con la empresa si lo fueran.
¿Para qué seguro de vida puedo solicitar un certificado?
El objeto del certificado de seguro de vida, ya que tiene cobertura de muerte, así como un seguro de accidentes, que cubrirá la muerte del asegurado, en este caso pueden ser contratos individuales o colectivos.
Esta información estará disponible en el registro de contratos de seguro de defunción durante aproximadamente cinco años a partir de la fecha del fallecimiento.
Este certificado hará constar los datos del seguro de vida y accidentes en el que estaba contratado el causante, además de los datos de la póliza y de la aseguradora que contrató el causante, del mismo modo, en caso de que el causante no no figurar como asegurado en ningún contrato, esto se reflejará en el propio certificado.
No obstante, cabe mencionar que el Ministerio de Justicia advierte que no se emitirán certificados de seguros de vida ahorro si las personas autorizadas y el tomador son la misma persona. Asimismo, no se expedirá certificado de seguro a quienes, a petición de las empresas, cumplan obligaciones, ya sea con los trabajadores o con los beneficiarios, y no con los mutuos productores.
¿Cómo solicitar un certificado de seguro de vida?
Si dispone de un formulario electrónico, puede optar por la tramitación electrónica para presentar su solicitud a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
No obstante, en el caso de que desee solicitarlo personalmente o por correo postal, deberá hacerlo a través del Modelo 790, que se encuentra íntegramente disponible en el apartado Trámites y Trámites Personales de la web del Ministerio de Justicia, es decir, un documento que se expedido por la administración territorial del Ministerio de Justicia y en los registros de cualquier parte de España.
Para ello, es necesario llenar el formulario, pagar las tasas correspondientes y presentar el Acta de Defunción literal, que debe ser original o copia certificada, ya que debe constar el nombre de los padres del fallecido. Se recomienda además que la persona que realiza la solicitud porte la cédula de identidad del causante y, en caso de no tenerla, alguna identificación oficial del país de origen de la persona fallecida.
Pasos a seguir para solicitar pólizas de seguro de deceso
Sobre Solicitar un certificado de seguro de vida Se debe tener en cuenta que esto se puede hacer de varias maneras, entre las que se incluyen:
1. Solicitud en persona
Lo primero que debe hacer es completar la solicitud oficial del Departamento de Justicia. Luego hay que pagar la cuota correspondiente, en este caso serán unos 3,70 euros, y se abonarán en la entidad financiera que trabaje con ellos.
Dirígete a una de las administraciones territoriales ubicadas en tu zona o en Madrid, dirígete a la función pública central del Ministerio de Justicia. A continuación, deberá presentar una solicitud junto con la documentación necesaria de la genética. Por último, pero no menos importante, es necesario que contrate un certificado de seguro de vida en ese momento.
2. Solicítalo por correo
Aquí, primero debe completar una solicitud oficial del Ministerio de Justicia y luego pagar una tarifa de aproximadamente 3,70 euros en las instituciones financieras colaboradoras.
Posteriormente, deberá enviar la solicitud junto con la documentación necesaria por correo ordinario a la dirección del Registro General de Actos Judiciales, Plaza Jacinto Benavente, 3 28012 -Madrid. Luego tendrá que esperar unos 19 días hábiles para recibir su certificado de seguro de vida.
Documentación requerida para confirmar contratos de seguros de muerte
Para solicitar un certificado de seguro de vida, debe proporcionar:
· DNI (documento nacional de identidad) del difunto.
· Solicitud oficial del Ministerio, es decir, modelo 790.
· Tasa administrativa del Ministerio de Justicia.
· El certificado de defunción original debe ser emitido por el registrador.
Información a considerar
Hay varios elementos a tener en cuenta al crear un certificado de seguro de vida, que incluyen:
1. La solicitud oficial y la tasa del Ministerio de Justicia son el mismo documento.
2. El certificado de póliza de seguro para la cobertura de fallecimiento debe solicitarse transcurridos aproximadamente 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.
3. Posterior a la vigencia del certificado de seguro de vida, si desea que tenga vigencia en el extranjero, debe ser legalizado, por lo que se recomienda que al momento de solicitar el documento, debe perder que se expida con Legalización Única o Apostilla. fechado en La Haya.
4. El certificado de seguro de vida se emitirá en el mismo momento a solicitud personal, pero existe la posibilidad de que la emisión del documento demore más tiempo, por lo que es necesario tener en cuenta que en ciertos casos puede demorar más, generalmente no será mayor a 3 días hábiles, sin embargo el plazo como tal, que da la Administración para expedir el documento es de aproximadamente 10 días hábiles contados a partir del momento en que fue solicitado.
5. Si la solicitud se va a tramitar por correo ordinario, debes saber que tendrás que esperar 10 días hábiles para la entrega del certificado de seguro de vida, que comienza a contar a partir del día siguiente de su recepción.
6. No se expedirán certificados de seguros de vida que:
· Para hacer frente a las obligaciones empresariales por pensiones tanto con los trabajadores como con los beneficiarios, se regula en el Real Decreto (1588/1999, de 19 de octubre).
· En los casos en que se asegure el fallecimiento, se tiene en cuenta tanto para el tomador como para el beneficiario.
· Los contratos que se celebren con mutualidades de seguridad social y que actúen como instrumento corporativo de la seguridad social, así como los contratos que se celebren en mutualidades de profesionales colegiados o en mutualidades que tengan por objeto principal la prestación de prestaciones o subvenciones para la docencia o la formación.
7. La información disponible en el Registro de Pólizas de Seguro de Cobertura de Fallecimiento tendrá una vigencia aproximada de 5 años a partir de la fecha del fallecimiento.
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